Área de identidad
Tipo de entidad
Entidad colectiva
Forma autorizada del nombre
Consejo Nacional del Movimiento (España, 1937-1978)
Forma(s) paralela(s) de nombre
Forma(s) normalizada del nombre, de acuerdo a otras reglas
Otra(s) forma(s) de nombre
Identificadores de agentes
Área de descripción
Fechas de existencia
1937-1978
Historia
El primer Consejo Nacional del Movimiento se constituyó en octubre de 1937 como el organismo superior de FET y de las JONS. El Consejo estaba formado por los dirigentes nacionales del partido y por consejeros designados por Franco entre altos cargos del Estado y militantes del partido en atención a sus méritos y servicios excepcionales. Con la llegada de José Luis de Arrese a la Secretaría General del Movimiento, en febrero de 1956, el Consejo Nacional fue revitalizado, y a partir de febrero de 1957, con José Solís Ruiz al frente, incrementó su actividad en el marco del proyecto del nuevo secretario general, y al mismo tiempo delegado nacional de sindicatos, de afirmar y extender el papel del Movimiento en el ordenamiento franquista. La Ley Orgánica del Estado promulgada en enero de 1967 supuso, finalmente, la institucionalización del Consejo Nacional. El artículo 21 enumeraba los fines del Consejo en tanto que representación colegiada del Movimiento.
Lugares
Estatuto jurídico
Funciones, ocupaciones y actividades
Mandatos/fuentes de autoridad
Estructura o genealogía interna
Según la Ley Orgánica del Estado de 1967, el Consejo Nacional estaría formado por un consejero por cada provincia en representación de los consejos provinciales y locales; por 40 consejeros designados por Franco entre personas que hubieran prestado "reconocidos servicios" al país, consejeros que al "cumplirse las previsiones sucesorias" adquirirían el carácter de permanentes hasta los 75 años de edad y que ellos mismos cubrirían las vacantes de dicho grupo mediante terna presentada al pleno del Consejo; y por doce consejeros en representación de las estructuras básicas de la comunidad nacional, elegidos entre los procuradores en Cortes en representación de las familias, de las corporaciones locales y de la Organización Sindical (OSE). Completaban el Consejo seis consejeros designados por su presidente, y el secretario general que ejercería las funciones de vicepresidente.
Contexto general
Más allá de la consecución del pleno ejercicio del papel del Movimiento Nacional y del Consejo Nacional, éste llevó a cabo una notable labor de análisis de los problemas de la sociedad española, en particular de los que eran percibidos como los más importantes para el régimen franquista y formuló propuestas para hacerles frente. La Ley Orgánica del Estado institucionalizó definitivamente el Consejo Nacional del Movimiento, atribuyéndole importantes funciones y modificando su composición. Ello reforzó el proyecto de "desarrollo político" para asegurar la continuidad del franquismo y a la vez situar al Movimiento en una posición central en el ordenamiento del régimen.